Accidentes
Accidentes de tráfico
Reclamación por lesiones, secuelas, daños materiales y lucro cesante frente a la aseguradora del responsable.
Ver servicioMadrid · Auditum Abogados
La aseguradora tiene tres meses para hacer una oferta. Ese número no es el techo.
Tras un accidente de circulación, la aseguradora del responsable debe formular una oferta motivada en el plazo de tres meses desde la reclamación previa. Con frecuencia esa oferta se calcula sobre un informe médico de parte emitido antes de que las secuelas se hayan estabilizado.
La valoración correcta aplica el baremo de la Ley 35/2015 y distingue el perjuicio personal básico, el particular, el moral por pérdida de calidad de vida y el perjuicio patrimonial, con sus partidas de daño emergente y lucro cesante. Cada una tiene su propia forma de acreditarse.
Si la aseguradora incumple su deber de oferta, se devengan los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro: el interés legal incrementado en un cincuenta por ciento y, a partir del segundo año, un mínimo del veinte por ciento anual.
La secuela se acredita con continuidad asistencial, no con un informe final aislado.
Valoración propia del daño corporal frente al informe de la aseguradora.
Los ingresos dejados de percibir se documentan y se reclaman.
Se reclaman siempre que la aseguradora no haya cumplido sus plazos.
En detalle
| Concepto | Qué compensa |
|---|---|
| Perjuicio personal básico | Días de curación hasta la estabilización |
| Perjuicio particular | Pérdida temporal de calidad de vida (moderado, grave, muy grave) |
| Secuelas | Puntuación funcional y estética permanente |
| Daño emergente | Gastos médicos, farmacéuticos y de desplazamiento |
| Lucro cesante | Ingresos dejados de percibir, presentes y futuros |
| Perjuicio por pérdida de calidad de vida | Limitación permanente en la vida cotidiana |
Servicios
Cada servicio tiene su página con los plazos aplicables y la documentación necesaria.
Accidentes
Reclamación por lesiones, secuelas, daños materiales y lucro cesante frente a la aseguradora del responsable.
Ver servicioAccidentes
Prestaciones de Seguridad Social, recargo por falta de medidas e indemnización civil adicional.
Ver servicioPreguntas frecuentes
Si su duda no está aquí, escríbame por WhatsApp al 642 81 82 44.
No antes de que las lesiones estén estabilizadas y valoradas por un perito independiente. El finiquito indemnizatorio cierra la reclamación, incluidas las secuelas que se manifiesten posteriormente.
Un año, contado desde la sanidad o estabilización de las lesiones, no desde el accidente. Un burofax interrumpe la prescripción y abre un nuevo plazo completo.
Interviene el Consorcio de Compensación de Seguros, que cubre los daños causados por vehículos no asegurados, desconocidos o robados, con particularidades según el tipo de daño. La denuncia inmediata de los hechos es imprescindible.
Sí, y la posición del ocupante suele ser especialmente favorable, porque queda cubierto por el seguro obligatorio del vehículo en el que viajaba con independencia de quién fuera el responsable del accidente.
También le puede interesar
Siguiente paso
Primera valoración sin coste. Si no hay recorrido, se lo diré en esa misma conversación.