Saltar al contenido principal

La primera oferta casi nunca es la última

Accidentes e Indemnizaciones

Indemnizaciones por accidentes de tráfico, laborales y en establecimientos, con valoración conforme al baremo legal.

Servicios en esta área
2
Dirigido a
Particulares
Primera valoración
Sin coste

En qué consiste

Tras un accidente, la aseguradora del responsable está obligada a presentar una oferta motivada en el plazo de tres meses. Esa oferta es un punto de partida, no una tasación definitiva, y con frecuencia se calcula sobre un informe médico de parte elaborado antes de que las secuelas se hayan estabilizado.

La valoración correcta exige esperar a la estabilización de las lesiones y aplicar el baremo de la Ley 35/2015, que distingue el perjuicio personal básico, el particular, el moral por pérdida de calidad de vida y el perjuicio patrimonial, con sus conceptos de daño emergente y lucro cesante.

El plazo de prescripción es de un año, y en lesiones se cuenta desde la sanidad o estabilización, no desde el accidente. Perderlo significa perder el derecho entero.

  • Seguimiento médico desde el inicio

    Las secuelas se acreditan con continuidad asistencial, no con un informe aislado al final.

  • Valoración con perito propio

    Informe médico independiente frente al de la aseguradora, que siempre es de parte.

  • Lucro cesante calculado

    Los ingresos dejados de percibir se acreditan y se reclaman, no se dan por perdidos.

  • Honorarios claros

    Se explica desde el principio cómo se calculan y qué ocurre si el asunto no prospera.

Servicios

Qué hacemos en accidentes

Cada servicio tiene su propia página, con los plazos aplicables, la documentación necesaria y las preguntas más habituales.

Accidentes de tráfico

Reclamación por lesiones, secuelas, daños materiales y lucro cesante frente a la aseguradora del responsable.

Prescripción
1 año
Oferta motivada
3 meses
Ver detalle

Accidentes laborales

Prestaciones de Seguridad Social, recargo por falta de medidas e indemnización civil adicional.

Reclamación de daños
1 año
Recargo de prestaciones
30-50 %
Ver detalle

Cómo se tramita

El recorrido de un asunto de accidentes

El orden no es decorativo: cada fase produce la información que necesita la siguiente.

  1. 01

    Atención inmediata

    Se revisa la documentación disponible y se indica qué conseguir con urgencia.

  2. 02

    Seguimiento médico

    Continuidad asistencial documentada: sin ella, la secuela no se acredita.

  3. 03

    Pericial propia

    Valoración del daño corporal por perito independiente al alcanzar la estabilización.

  4. 04

    Reclamación previa

    Escrito cuantificado a la aseguradora, que activa el plazo de la oferta motivada.

  5. 05

    Negociación

    Análisis técnico de la oferta recibida y contrapropuesta razonada.

  6. 06

    Demanda

    Si la oferta no se ajusta, demanda con reclamación de intereses de demora.

Documentación que conviene reunir

No hace falta tenerlo todo. Con lo que haya se puede empezar y en la primera consulta se identifica lo que falta.

  • Atestado, parte amistoso o parte de accidente laboral.
  • Todos los informes médicos, desde urgencias hasta el alta.
  • Facturas y justificantes de gastos derivados.
  • Nóminas o declaraciones de ingresos.
  • Comunicaciones con la aseguradora.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre accidentes

Si su duda no aparece aquí, escríbala por WhatsApp al 642 81 82 44.

¿Cuánto cobra el despacho por estos asuntos?

Los honorarios se pactan por escrito antes de empezar, con el criterio de cálculo explicado y sin cargos ocultos. Auditum no publica promesas del tipo «si no cobras, no pagas» sin matices: cada asunto tiene gastos de terceros, como peritos o procurador, que se detallan de antemano.

¿Me conviene firmar el finiquito que me ofrece la aseguradora?

No antes de que las lesiones estén estabilizadas y valoradas por un perito independiente. El finiquito indemnizatorio suele cerrar definitivamente la reclamación, incluidas las secuelas que se manifiesten después.

¿Cuánto tarda en cobrarse una indemnización?

Si hay acuerdo con la aseguradora, semanas desde la firma. Si hay que demandar, depende del juzgado. Los intereses del artículo 20 LCS compensan parcialmente esa demora cuando la aseguradora no cumplió sus deberes.

Siguiente paso

¿Tiene un asunto de accidentes?

Primera valoración sin coste. Si no hay recorrido, se lo diré en esa misma conversación.