Accidentes de tráfico
Reclamación por lesiones, secuelas, daños materiales y lucro cesante frente a la aseguradora del responsable.
- Prescripción
- 1 año
- Oferta motivada
- 3 meses
La primera oferta casi nunca es la última
Indemnizaciones por accidentes de tráfico, laborales y en establecimientos, con valoración conforme al baremo legal.
En qué consiste
Tras un accidente, la aseguradora del responsable está obligada a presentar una oferta motivada en el plazo de tres meses. Esa oferta es un punto de partida, no una tasación definitiva, y con frecuencia se calcula sobre un informe médico de parte elaborado antes de que las secuelas se hayan estabilizado.
La valoración correcta exige esperar a la estabilización de las lesiones y aplicar el baremo de la Ley 35/2015, que distingue el perjuicio personal básico, el particular, el moral por pérdida de calidad de vida y el perjuicio patrimonial, con sus conceptos de daño emergente y lucro cesante.
El plazo de prescripción es de un año, y en lesiones se cuenta desde la sanidad o estabilización, no desde el accidente. Perderlo significa perder el derecho entero.
Las secuelas se acreditan con continuidad asistencial, no con un informe aislado al final.
Informe médico independiente frente al de la aseguradora, que siempre es de parte.
Los ingresos dejados de percibir se acreditan y se reclaman, no se dan por perdidos.
Se explica desde el principio cómo se calculan y qué ocurre si el asunto no prospera.
Servicios
Cada servicio tiene su propia página, con los plazos aplicables, la documentación necesaria y las preguntas más habituales.
Reclamación por lesiones, secuelas, daños materiales y lucro cesante frente a la aseguradora del responsable.
Prestaciones de Seguridad Social, recargo por falta de medidas e indemnización civil adicional.
Cómo se tramita
El orden no es decorativo: cada fase produce la información que necesita la siguiente.
Se revisa la documentación disponible y se indica qué conseguir con urgencia.
Continuidad asistencial documentada: sin ella, la secuela no se acredita.
Valoración del daño corporal por perito independiente al alcanzar la estabilización.
Escrito cuantificado a la aseguradora, que activa el plazo de la oferta motivada.
Análisis técnico de la oferta recibida y contrapropuesta razonada.
Si la oferta no se ajusta, demanda con reclamación de intereses de demora.
No hace falta tenerlo todo. Con lo que haya se puede empezar y en la primera consulta se identifica lo que falta.
Preguntas frecuentes
Si su duda no aparece aquí, escríbala por WhatsApp al 642 81 82 44.
Los honorarios se pactan por escrito antes de empezar, con el criterio de cálculo explicado y sin cargos ocultos. Auditum no publica promesas del tipo «si no cobras, no pagas» sin matices: cada asunto tiene gastos de terceros, como peritos o procurador, que se detallan de antemano.
No antes de que las lesiones estén estabilizadas y valoradas por un perito independiente. El finiquito indemnizatorio suele cerrar definitivamente la reclamación, incluidas las secuelas que se manifiesten después.
Si hay acuerdo con la aseguradora, semanas desde la firma. Si hay que demandar, depende del juzgado. Los intereses del artículo 20 LCS compensan parcialmente esa demora cuando la aseguradora no cumplió sus deberes.
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Siguiente paso
Primera valoración sin coste. Si no hay recorrido, se lo diré en esa misma conversación.