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Derecho Mercantil

Constituir una sociedad y blindar la relación entre socios

Constitución de sociedades limitadas, estatutos a medida y pacto de socios con reglas de salida.

Qué conviene saber

Constituir una sociedad limitada es un trámite sencillo. Constituirla bien no lo es. La diferencia está en los estatutos y, sobre todo, en el pacto de socios: el documento que decide qué ocurre cuando dos personas que hoy están de acuerdo dejen de estarlo.

Un pacto de socios útil responde con antelación a preguntas incómodas. Qué pasa si un socio quiere vender. Qué pasa si uno deja de trabajar en el proyecto. Cómo se valora su participación. Qué decisiones necesitan unanimidad y cuáles no. Quién puede bloquear qué.

Redactarlo cuando la relación es buena cuesta una fracción de lo que cuesta litigar cuando ya no lo es.

Qué hace el despacho

  • Elección de la forma societaria y del régimen fiscal más adecuado al proyecto.
  • Redacción de estatutos a medida: mayorías, prestaciones accesorias y restricciones a la transmisión.
  • Pacto de socios con cláusulas de arrastre, acompañamiento, permanencia y no competencia.
  • Fórmulas de valoración de participaciones pactadas de antemano.
  • Aportaciones no dinerarias y su valoración.
  • Coordinación notarial y registral hasta la inscripción efectiva.

Documentación para este trámite

Con lo que tenga a mano se puede empezar. En la primera consulta se identifica exactamente qué falta y cómo conseguirlo.

  • DNI y datos fiscales de todos los socios.
  • Certificación negativa de denominación social.
  • Descripción del objeto social y del plan de actividad.
  • Detalle de las aportaciones de cada socio, dinerarias o no.
  • Acuerdos previos entre socios, aunque sean informales.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre constitución y pacto de socios

Si su duda no está aquí, llame al 642 81 82 44 o escriba por WhatsApp.

¿Es obligatorio el pacto de socios?

No, pero es la herramienta más eficaz para evitar bloqueos. Los estatutos son públicos y tienen un contenido tasado; el pacto es privado y puede regular con detalle la relación personal entre socios.

¿Qué capital social conviene?

La ley permite constituir una sociedad limitada con un euro de capital, con obligaciones adicionales de reserva y de responsabilidad de los socios hasta 3.000 euros. La cifra adecuada depende más de la imagen frente a terceros y de las necesidades de tesorería que del mínimo legal.

¿El administrador responde con su patrimonio?

Puede responder si incumple sus deberes legales: no formular cuentas, no disolver la sociedad cuando concurre causa legal o no solicitar el concurso a tiempo. La limitación de responsabilidad protege al socio, no al administrador negligente.

Siguiente paso

Consulta sobre constitución y pacto de socios

Explíqueme la situación en dos líneas y le diré si hay algo que hacer y en qué plazo.