Saltar al contenido principal

Derecho Mercantil

Concurso de acreedores y Ley de Segunda Oportunidad

Exoneración de deudas para particulares y autónomos; concurso de acreedores y planes de continuación para empresas.

Deber de solicitar concurso
2 meses
Comunicación de negociaciones
3 meses

Qué conviene saber

La insolvencia tiene salidas legales, pero casi todas dependen del momento en que se activan. El deudor que acude cuando ya se han embargado las cuentas dispone de muchas menos opciones que quien lo hace al detectar la tensión de tesorería.

Para personas físicas y autónomos, la Ley de Segunda Oportunidad permite obtener la exoneración del pasivo insatisfecho, con o sin plan de pagos, cumpliendo los requisitos de buena fe que exige el Texto Refundido de la Ley Concursal tras la reforma de 2022.

Para sociedades, el concurso no es necesariamente el final. Los planes de reestructuración permiten reorganizar la deuda antes de la insolvencia actual y mantener la actividad.

Qué hace el despacho

  • Diagnóstico de insolvencia y análisis de viabilidad de la exoneración.
  • Solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho, con o sin plan de pagos.
  • Tramitación del concurso de acreedores de persona física o jurídica.
  • Planes de reestructuración y comunicación de apertura de negociaciones.
  • Defensa del administrador en la sección de calificación.
  • Negociación con acreedores financieros y públicos.

Plazos

Los tiempos que condicionan este asunto

Comprobar el plazo es siempre lo primero. Si ha vencido, el resto del análisis pierde sentido.

Deber de solicitar concurso
2 meses

Desde que se conoce o debió conocerse la insolvencia actual.

Comunicación de negociaciones
3 meses

Suspende el deber de solicitar el concurso mientras se negocia.

Documentación para este trámite

Con lo que tenga a mano se puede empezar. En la primera consulta se identifica exactamente qué falta y cómo conseguirlo.

  • Relación completa de deudas con importes y acreedores.
  • Últimas declaraciones de IRPF o de Impuesto de Sociedades.
  • Vida laboral y justificantes de ingresos actuales.
  • Escrituras de bienes y notas simples registrales.
  • Requerimientos, embargos y procedimientos judiciales en curso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre concursal y segunda oportunidad

Si su duda no está aquí, llame al 642 81 82 44 o escriba por WhatsApp.

¿Se puede exonerar la deuda con Hacienda y la Seguridad Social?

Parcialmente. La ley fija límites máximos de exoneración para el crédito público, y el resto queda sujeto a aplazamiento conforme a su normativa específica. No es una cancelación total, pero puede aliviar de forma significativa la carga.

¿Perderé mi vivienda?

Depende del valor del inmueble, de la deuda hipotecaria pendiente y de la modalidad de exoneración elegida. La exoneración con plan de pagos permite en determinados supuestos conservar la vivienda habitual. Es la primera cuestión que se analiza.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Varía mucho según el juzgado y la complejidad del pasivo. La exoneración sin plan de pagos suele resolverse antes que la que exige un plan a varios años.

Siguiente paso

Consulta sobre concursal y segunda oportunidad

Explíqueme la situación en dos líneas y le diré si hay algo que hacer y en qué plazo.